Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la Ley declara: UNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Felixa Hernández, en su carácter de Juez Quinto (5º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Digna Hilaria Poa Sanchez contra los ciudadanos Bartolomeo De Dominicis Valenti y Maria Cardellichio de De Dominics.