PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 26, folio Nº 26, del libro uno (01), año dos mil dieciséis (2.016), peticionada por los ciudadanos LUIS RUBEN NOVOA CELIS y DANIELA PEREIRA DE CASTRO. En consecuencia se ORDENA la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 26, folio Nº 26, del libro uno (01), año dos mil dieciséis (2.016), de los ciudadanos LUIS RUBEN NOVOA CELIS y DANIELA PEREIRA DE CASTRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.913.176 y V-17.423.860, respectivamente, en lo que respecta al error material de fondo ya que donde se expresa que "es hijo de JOHN NOVOA y de LUCIA CELIS DE NOVOA", debe decir "es hijo de JOHN NOVOA RAFFALLI y de LUCIA CELIS", que es lo correcto.