En base a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad a lo previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, este juzgado ordena la RECTIFICACIÓN del Acta de Nacimiento No 938, de fecha 16 de marzo del año 1985, de los Libros de Registro de Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy, Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Sucre del Distrito Capital), correspondiente a la ciudadana ELIZABETH CRUZ CRUZ BRICEÑO, por lo cual se ordena su rectificación en el siguiente término:
ÙNICO: En el Acta de nacimiento correspondiente a la ciudadana ELIZABETH CRUZ CRUZ BRICEÑO, donde dice ELIZ ABETH CRUZ debe decir ELIZABETH CRUZ, levantada ante el Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Sucre del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 938 del año 1985, en el sentido, queda reformada la partida de nacimiento.....