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DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20-01-2016, por las profesionales del derecho LILIANA STELA IAPICHINO CARINCI y ARABELLA SERRANO, en su carácter de Defensoras Privadas, actuando en representación de los ciudadanos ATTARDI CONTI ANA MARIA y RODRIGUEZ RAMOS JUAN MANUEL, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de octubre de 2015, por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual decretó en contra de los ciudadanos antes identificados, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, consagradas en numeral 4 del artículo 242 del Có.....