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Decisiones del dia 22/06/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Noveno Superior Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-R-2016-000333 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Incidencia (Pruebas)
Partes:
MARÍA VICTORA BEHRENS LINARES VS. CÁMARA VENEZOLANA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DE PRODUCTOS DE HIGIENE, CUIDADO PERSONAL, PERFUMERÍA, COSMÉTICOS Y AFINES (CAVEINCA)
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de marzo de 2016, por la abogada MÓNICA ORTÍN, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 10 de marzo de 2016 dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto el 18 de marzo de 2016, en el juic.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Celi
Organo:
Juzgado Noveno Superior Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-R-2016-0000434 N° Sentencia : Fecha: 22/06/2016
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
Resumen:
La notificación del Procuraduría General de la República debe practicarse cuando la República es parte (artículo 100) o tiene interés (artículo 111), ab inicio en todo proceso que cumpla con uno de esos requisitos, la notificación no depende de lo que decida la sentencia de que se trata (estimativa o desestimativa de la pretensión), porque ello conduciría a una actuación discrecional no prevista en la norma, que crearía confusión e incertidumbre, más si como en el caso de autos, ya se notificó al inicio del juicio a la Procuraduría General de la República, porque ello garantiza el derecho a la defensa y debido proceso, en vista de que si bien la demanda fue declarada sin lugar en primera instancia y apeló la parte actora, la República tiene el derecho de conocer los términos en que fue dictada la misma y ejercer su defensa en la audiencia de Segunda Instancia; en el caso de autos, no fue ordenada la notificación de la Procuraduría General de la República, de la sentencia dictada el 7 d.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Celi
Organo:
Juzgado Noveno Superior Del Trabajo
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