-III-
Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda que, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara ante este Juzgado el Dr. HERNAN NICOLAS QUIJADA, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos ERNESTO YATACO FLORES y ARGENIS JOSE QUIJADA contra la ciudadana BEATRIZ GIL DE MERCHAN, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Asimismo, en virtud de la especial naturaleza de la presente Decisión no hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA .....