En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR la TACHA DE TESTIGO propuesta por las codemandadas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano OSCAR GUSTAVO PÉREZ VALECILLOS contra las codemandadas LA RONERÍA 1796, C.A, GRUPO PATAGONIA, C.A y GASTRONOMÍA AUSTRAL. TERCERO: Se ordena a la parte demandada cancelar a la parte actora los conceptos señalados en la motiva del fallo; CUARTO: Se ordena el pago de los intereses sobre la prestación de antigüedad durante el tiempo que duró la relación laboral, sobre la tasa promedio para el cálculo de intereses de prestaciones sociales establecida en el Banco Central de Venezuela, de conformidad con el artículo 108 de .....