Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por EDUARDO GARCÍA inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 110.153, quien actúa en "representación" de los ciudadanos MIREYA DEL CARMEN RONDÓN, MERIS CAROLINA RIVAS, RAMÓN ARNALDO CABALLERO LUNA, JESÚS ALBERTO LUNA SOLANO, JORGE ENRIQUE ZAFRA MARTÍNEZ, YANETH MAGALY COVINO GARCÍA e IVÁN RAFAEL GUILARTE FERMÍN contra el auto de fecha 09 de julio de 2.008, proferido por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual se ordenó la ejecución de la sentencia de fecha 05 de junio de 2.002, dictada p.....