DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal DUODECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos ENRIQUE GERMAN AGUILERA GONZÁLEZ e INGRID MERCEDES REYES REYES y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 07 de mayo de 2008, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Cafetal del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según acta No. 10.-
Dada la naturaleza del Fallo no hay condenatoria en Costas.-
-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA -