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Decisiones del dia 22/07/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2012-002537 N° Sentencia : Fecha: 22/07/2014
Procedimiento:
Transacción
Partes:
LENNY MARGARITA GARCIA /AZERTIA GESTION DE CENTROS DE VENEZUELA S.A
Resumen:
Ahora bien, en cuanto al resto de lo expresado en el escrito transaccional, se observa que el mismo se encuentra ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley del Trabajo, por cuanto versa sobre los derechos discriminados en el escrito de oferta real, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella comprendidos. En consecuencia el Tribunal homologa el acuerdo transaccional en cuanto al procedimiento, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se decide. En la misma oportunidad, vista que la cantidad transada, se encuentra disponible en cuenta de ahorro a nombre de la oferida, según consta de deposito realizado por la parte oferente la empresa AZERTIA GESTION DE CENTROS DE VENEZUELA S.A, se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, para la entrega de la misma a la ciudadana Lenny Machado. Líbr.....
Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
Organo:
Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2014-002327 N° Sentencia : Fecha: 22/07/2014
Procedimiento:
Transacción
Partes:
DISTRIBUIDORA KAROB, C.A/YEIS JULIO BERRIO
Resumen:
Ahora bien, de una revisión de el escrito transaccional, se observa que la parte oferente cancela al actor los conceptos de antigüedad, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, utilidades fraccionadas y comisiones , que los montos no están discriminados, por lo que esta juzgadora, lo homologa como un anticipo del pago de las prestaciones sociales, lo que no impide que el trabajador demande las diferencias si estas proceden, Ello en virtud que el procedimiento de oferta real, es una vía graciosa para que el patrono se libere del pago. Se deja si efecto la cláusula del desistimiento de la acción. En consecuencia el Tribunal homologa el acuerdo transaccional en cuanto al pago y niega el desistimiento de la acción, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se decide. El Juez El Secretario Abg. Beatriz Pinto Abg. Héctor Rodríguez
Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
Organo:
Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2014-002555 N° Sentencia : Fecha: 22/07/2014
Procedimiento:
Transacción
Partes:
EÑCA COSMETICOS C.A/BEISARI AGOLA GIORGI,
Resumen:
Ahora bien; una vez revisada la transacción celebrada por las partes, sobre los conceptos descritos en el escrito transaccional, identificados en la motiva del presente auto, se evidencian que los mismos cumplen con los requisitos exigidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, De los Trabajadores y Trabajadoras, Art 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto versa sobre los derechos ofertados en el escrito de oferta real, que está circunstanciada y fueron discriminados los derechos en ella contenido. En consecuencia este Juzgado homologa la transacción en los términos expresados por las partes. Todo ello en el procedimiento de oferta real seguido por la parte Oferente la entidad de trabajo, "ELCA COSMÉTICOS, S.A", a favor de la oferida, ciudadana BEISARI AGOLA GIORGI, dándole efecto de cosa juzgada. La Jueza El Secretario Abg. Beatriz Pinto Abg: Héctor Rodríguez
Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
Organo:
Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2014-002327 N° Sentencia : Fecha: 22/07/2014
Procedimiento:
Transacción
Partes:
ROBERTO RICCETTI / DISTRIBUIDORA KAROB
Resumen:
Ahora bien, de una revisión de el escrito transaccional, se observa que la parte oferente cancela al actor los conceptos de antigüedad, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, utilidades fraccionadas y comisiones , que los montos no están discriminados, por lo que esta juzgadora, lo homologa como un anticipo del pago de las prestaciones sociales, lo que no impide que el trabajador demande las diferencias si estas proceden, Ello en virtud que el procedimiento de oferta real, es una vía graciosa para que el patrono se libere del pago. Se deja si efecto la cláusula del desistimiento de la acción. En consecuencia el Tribunal homologa el acuerdo transaccional en cuanto al pago y niega el desistimiento de la acción, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así se decide. El Juez El Secretario Abg. Beatriz Pinto Abg. Héctor Rodríguez
Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
Organo:
Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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