´DECISIÓN
Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos JOSE NICASIO CASERES LINARES e IRAISY JOSEFINA MANEIRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.180.713 y V-8.476.204, respectivamente, contraído el seis (06) de marzo de 1985, ante la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. Así se decide.-
´