Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con los artículos 2,
26, 49 Ord. 4º, 253 y 257 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en concordancia con el articulo 937 del
Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD sobre las
BIENHECHURÍAS a las que se contrae la presente solicitud, a favor del
ciudadano RODRIGO PRIETO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad
y titular de la cédula de identidad N° E- 83.754.092, sobre las
"...BIENHECHURÍAS CONSTITUIDAS POR UNA CASA DE DOS
PLANTAS (...) construidas en un terreno que tiene una superficie de ciento
ochenta y cuatro metros cuadros (sic) con treinta y un decímetro
cuadrados (184,31 M2), aproximadamente, y el cual mide diez metros con
trein.....