VI
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
1) ADMITE la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano CARLOS PALACIOS, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.283.175, debidamente asistido por la Abogada Nayibi Carolina Nieves Márquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.446, contra el INSTITUTO DE DEPORTE Y RECREACIÓN MIRANDINO (IDERMI), en virtud del Acto Administrativo de Efectos Particulares dictado el 12 de mayo de 2008 mediante el cual lo removieron de su cargo.
2) IMPROCEDENTE el Amparo Constitucional Cautelar solicitado.
Líbrense oficios y anéxense las copias certificadas y simples respectivas.
Notifíquese a la parte recurrente.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los 22 días del mes de septiembre de 2008.
EL JUEZ TEMPOR.....