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Decisiones del dia 22/09/2009 |
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N° Expediente :
AP31-F-2009-000627
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/09/2009 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: SOLICITANTE (S):NANCY MARGARITA MEJIAS DE BETANCOURT Y JUAN CARLOS BETANCOURT PULIDO |
Resumen:
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos NANCY MARGARITA MEJIAS DE BETANCOURT Y JUAN CARLOS BETANCOURT PULIDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.931.353 y 6.155.736, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 17 de Julio del año 1987, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), conforme se evidencia en Acta de Matrimonio, anotada bajo el No. 141 de los Libros de Matrimonios llevados por la referida Autoridad Civil.
SEGU.....
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Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
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Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente :
AP31-V-2009-002889
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/09/2009 |
Procedimiento: Accion Mero Declarativa |
Partes: DEMANDANTE (S):REINA VICTORIA RAVEN, DEMANDADO (S):PROMOTORA CARACAS, S.A |
Resumen:
Así de las cosas, cuando el actor puede ver satisfecha su pretensión, a través de una acción diferente, siendo esta la idónea, no procede la admisión de la acción mero declarativa, en el presente caso se intenta la acción mero declarativa, pretendiendo obtener el pronunciamiento del Tribunal referente a:
"...Que este Tribunal, ordena al Registro Subalterno respectivo, que LIBERE LA HIPOTECA DE SEGUNDO GRADO, que pesa sobre el inmueble, supra mencionado..."
No siendo la acción mero declarativa la vía idónea para obtener este pronunciamiento, pues, para obtener lo pretendido por la actora se debe intentar la acción de extinción de hipoteca de conformidad con lo establecido en los artículos 1907 y 1908 del Código Civil, por lo que este Tribunal niega la admisión de la demanda por los trámites de la acción mero declarativa, por ser contraria a derecho y así se decide.
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Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
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Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente :
AP31-V-2009-002323
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/09/2009 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato De Comodato |
Partes: DEMANDANTE (S): MARTA GUILLERMINA JUAREZ, DEMANDADO (S):HAROLDO SÁNCHEZ GÓMEZ |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal se allana y asume el referido criterio casacionista, y aplicándolo al caso de marras se evidencia que, dentro de los treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda 14/07/2.009, la parte actora no cumplió con la carga de aportar los medios y recursos para el traslado del Alguacil a practicar la citación de la parte demandada, en tal sentido, de conformidad con la sentencia citada, en el presente caso ha operado de pleno derecho la Perención Breve de la Instancia.
Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, produciéndose en consecuencia, los efectos indicados en el artículo 271 ibidem.
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Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
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Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente :
AP31-S-2009-001528
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/09/2009 |
Procedimiento: Partición De Bienes |
Partes: SOLICITANTE (S): MARIA ESTRELLA BERNAL DE RAMIREZ Y OTROS |
Resumen:
este Tribunal procede a homologar la partición y liquidación formulada por los solicitantes, en los mismos términos expresados en el escrito de la solicitud, de conformidad a lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, impartiéndosele su APROBACIÒN y HOMOLOGACIÒN en los mismos términos y condiciones expuestos. Así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa en los mismos términos y condiciones expuestos por los solicitantes, en el supra citado escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), del Circuito Judicial Sede Los Cortijos, en fecha 21 de mayo de 2009, y de conformidad con lo previsto en los artículos 186 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedi.....
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Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
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Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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