En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCION CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, por cuanto la misma no es contraria a derecho, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores. Se insta a las partes retiren sus respectivos escritos de pruebas junto con sus anexos en la Oficina de Deposito de Bienes. Se ordena librar oficio a la ODB a los fines de que entregue a cada una de las partes sus respectivos escritos de promoción de pruebas junto con sus anexos. Líbrese Oficio. CUMPLASE.-