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DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE EXTINCIÓN DE HIPOTECA DE PRIMER GRADO, que pesa sobre la casa destinada a vivienda, situada en la Calle Arauco, antes Callejón Corao, entre las calles de San Felipe a Plaza Estrella, distinguida con el número doce (Nº 12), parroquia La Candelaria, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, cuyas medidas y linderos son los siguientes: SIETE METROS CON CUARENTA CENTÍMETROS (7,40 Mts), de frente por QUINCE METROS CON TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS (15,35 Mts) de fondo, alinderada de la siguiente manera: NORTE: en Quince metros con Treinta y Cinco Centímetros (15,35 mts.) con casa que es o fue de Paolo Volpe, Lorenzo Brigante, Alfonso Brigante y Francisc.....