Se declara practicada la medida de Entrega Material, la cual recayó en el inmueble identificado al principio del acta y libre de bienes y personas lo coloca en posesión de la parte actora, quien se encuentra presente en este acto y declara recibirlo conforme. Acto seguido, la apoderada de la parte actora, se serva el derecho de practicar la medida de embargo ejecutivo en otra oportunidad y solicita se remita la presente comisión al Tribunal de la causa