Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de noviembre de 2008, por el abogado BERNARDO DIAZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de noviembre de 2008, oída en ambos efectos el 17 de noviembre de 2008. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de noviembre de 2008, por el abogado VICTOR BERMUDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por concepto de prestaciones sociales y otros concep.....