DECRETA DE OFICIO LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado de que el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, a quien le corresponda aleatoriamente la tramitación de la presente causa, fije de mutuo acuerdo con el perito avaluador designado : Eddy Lara, oportunidad para que la partes puedan formular las observaciones que estimen convenientes en relación al justiprecio del inmueble objeto de ejecución, contenido en el informe presentado y se aplique el procedimiento pautado en los artículos 558, 559, 560 y 561 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se ordena la remisión mediante oficio, de las resultas provenientes del Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Edo. Miranda con Oficio N° 7509/2012 de fecha 20-12-2012 junto con copia debidamente certificada de la presente decisión, a la Coordinación de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Jud.....