En consecuencia, esta Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 309 del Código Civil, discierne el cargo de TUTORA de los niños (...), de dos (02) y once (11) años de edad respectivamente, en la ciudadana OMAIRA DEL CARMEN RODRIGUEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.555.228, domiciliada en Canónigos a Esperanza, Edificio el vinculo, piso 6, apartamento 28, Parroquia Altagracia.