DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio, Ordinario y de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la sociedad mercantil ANY DESARROLLO DE MERCADOS, c.a., contra el ciudadano ANNUNZIATO PIZZIMENTI MORO, ya identificados en el cuerpo de la presente decisión. En consecuencia, se condena al demandado, antes identificado, a entregar a la actora los locales comerciales que se identifican en los contratos de subarrendamiento incorporados al libelo como respaldo de la pretensión procesal deducida por la actora, identificados con las siglas y número L1, L2 y D51, que forman parte integrante de la edificación que lleva por nombre Metro Mercado Capitolio, situado en la aven.....