Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la defensa de PRESCRIPCIÓN alegada por la parte demanda ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA . SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES YOTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana MARIA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 2.729.481, contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.