Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano ANDRÉS EDUARDO COLL ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº 19.897.457, y en consecuencia decide: PRIMERO: En el Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano ANDRÉS EDUARDO COLL ARIAS, levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, inserta bajo el Nº 1456 del año 1991, en el sentido, que donde dice 3 de septiembre de 1991, debe decir 03 de agosto de 1991.