DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Dra. YHOSMAR DINORAH GONZÁLEZ, en su condición de Jueza, a cargo del Juzgado trigésimo octavo (38) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, fundamentada en el numeral 7 del Artículo 86 y el Artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, instaurada con el objeto del trámite legal ordenado, para apartarse debidamente del conocimiento de la causa distinguida bajo el Nº 38C-13.276-09 de la nomenclatura utilizada por ese Juzgado, actualmente a su cargo y ante el cual cursa ese asunto penal, contentivo de las actuaciones correspondientes al proceso que se sigue en contra del ciudadano JOSÉ MARÍA NOGUEROLES, por la presunta comisión del delito de QUIEBRA FRAUDULENTA, previsto y sancionado en el Artículo 341 numeral 2 del Código Penal derogado, en el cual se DECLARO SIN LUGAR la solicitud realizada por los abogados en ejercicio REYNALDO GADEA PÉREZ y FABIAN MANUEL CAZORLA R.....