Se decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre los bienes muebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de Bs. 3.671.999,10, que corresponde el doble de la suma demandada más las costas calculadas prudencialmente por este Tribunal en 25 %, si recayere sobre cantidades líquidas de dinero será de Bs. 2.039.999,50 representa la suma demandada más las costas calculadas prudencialmente en 25%. Para su práctica se comisionará amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor que corresponda, una vez que la parte especifique los bienes en el cual ha de practicarse la medida.