Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido en fecha treinta (30) de enero de 2013, por el abogado Jesús Viloria, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.825, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil N.E.G.J.C. STEPHAN INVERSORA, C.A., en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, de fecha dieciocho (18) de enero de 2013, todo por motivo del juicio de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, contra la Providencia Administrativa Nº 806-11, dictada en fecha diecinueve (19) de octubre de 2011, por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada. Por la naturaleza .....