DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano KERBIN ENRIQUE QUEVEDO ALVAREZ, debidamente asistido el abogado JUAN CARLOS FORKER, IPSA N° 57.005, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 359-17, DICTADA EN FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2017, por la Inspectoría del Trabajo en Miranda Este, contenida en el expediente administrativo 027-2015-01-02159, mediante la cual fue declarada con lugar la solicitud de autorización de despido SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedi.....