DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por ambas partes, contra la sentencia de fecha veintiséis (26) de abril del año dos mil dieciséis (2016), dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, incoado por la ciudadana MARIA ELENA ARAUJO RIVAS, contra INVERSIONES INMOBILIARIA 2008 C.A. todos plenamente identificados a los autos.