Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana CLARA LUISA GÓMEZ VELUTINI, víctima y querellante, debidamente asistida por los abogados ANGEL F. LENTINO M. y EDGAR A. RODRIGUEZ Y., contra el auto dictado fecha 09 de enero de 2012, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual autorizó al penado LUIS ALFONSO ECHEVERRIA, a ingresar a su residencia en compañía de funcionarios adscritos al Órgano de Policía del Municipio Baruta con sede en Piedra azul, a objeto que retire sus partencias y las traslade al gara.....