Se dictó Sentencia Interlocutoria mediante la cual se declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa que por DESALOJO que intentara el ciudadano JUSTO JESUS MENDOZA contra la ciudadana BEATRIZ LETICIA MADRID ALVAREZ.-Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declaró EXTINGUIDO el proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora, que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem. No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.