Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 20/12/1997, por la abogada Trina Abreu Hernández, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 14.313, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente COMERCIAL ATEF, C.A. En consecuencia:
1. Se declaran IMPROCEDENTES los siguientes alegatos, esgrimidos por la recurrente en su escrito recursivo:
a) La solicitud de nulidad del Acta de Reparo Fiscal N°GRTI-RC-DF-1-1051-001541, notificada en fecha 02/11/98, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por cuanto la misma, a decir de la recurrente, fue dictada con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido.
b) La solicitud de nulidad de los cré.....