En consecuencia, encontrándose a derecho las partes, y no constando en autos la manifestación de conformidad de la parte oferida, este Juzgado, garante de la irrenunciabilidad de los derechos del Trabajador, no le imparte homologación a la transacción celebrada por las partes, la cual riela a los autos. Y así se establece.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA