Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de agosto de 2022, por el Abogado: LEONARDO LAHIRY NAVAS GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 241.513, apoderado judicial de los ciudadanos: AHMAD MUSTAFA TAHA, MOHAMAD AHMAD MANSOUR y PAULINA CALATRAVA, de nacionalidad extranjera el primero y venezolana los siguientes identificados, titulares de las cédula de identidad Nos. E.-82.091.378, V.-14.686.889 y V.-18.815.627, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 03 de agosto de 2022, por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.- SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 03 de agosto de 2022, por el Juzgado Noveno (9°) de Primer.....