este Tribunal Retasador administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley establece la suma de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 90.000,00), que es en definitiva la cantidad que la ciudadana MARÍA EUGENIA DEL SOCORRO DELGADO NOGUERA, deberá pagar por concepto de honorarios profesionales a la Abogado ISTMINA TERESITA GONZALEZ SALAZAR con ocasión a las actuaciones profesionales efectuadas a su favor. Así se decide.