En este orden de consideraciones, la representación judicial de la parte demandada HOTEL COLISEO C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 5, Tomo 106-A SDO, de fecha 25-06-2008, da cumplimiento a lo condenado, a cuyos efectos entrega la cantidad de BOLÍVARES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.144.697,78), mediante instrumento valor (cheque), a favor de la parte accionante, girado contra el BANCO BANESCO BANCO UNIVERSAL, N°43868364, con fecha 24 de septiembre 2015, debidamente recibido por la parte actora.
En este orden de ideas, este Tribunal con vista a la manifestación de voluntad de las partes, Homologa el cumplimiento de lo condenado e insta a la parte Demandada a pagar los emolumentos u honorarios profesionales a los expertos contables acreditado a los autos, tal como se indicó en la decisión de fecha 13 de agosto de 2015 y auto de fecha 30 .....