´Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero (3) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARITZA ELENA CAMPOS HERRERA, actuando en nombre propio y representación, contra la decisión de fecha 26 de julio de 2024, emanada del Juzgado Décimo Quinto (15) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado donde TERCERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARITZA ELENA CAMPOS HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.547.250, contra la FUNDACIÓN MUSICAL SIMÓN BOLÍVAR (FUNDAMUSICAL BOLÍVAR), ante su negativa de dar cumplimiento a la orden de reenganche y Restitución de Derec.....