Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos CAROLINA ANTONIA PARRA CONTRERAS y NELSON ENRIQUE BOZO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.438.507. y V-9.700.269, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 18 de diciembre de 2001, según se evidencia de Acta de Matrimonio Nro. 258, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil. Así se decide.