Por las razones antes expuestas, ESTA SALA 6 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA INADMISIBLE, a tenor de lo previsto en los artículos 423, 428 literal "c" y 374 todos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto con Efecto Suspensivo por el ciudadano BIRDANY CONTRERAS, Fiscal Auxiliar de Flagrancia del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, contra de la decisión dictada el 21 de diciembre de 2013, con ocasión a la celebración de la Audiencia para la Presentación del Aprehendido ante el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia en Función de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artí.....