En consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA EL ACUERDO de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y se le otorga el CARÁCTER DE COSA JUZGADA, y a los fines de salvaguardar los derechos e intereses de las partes se deja expresa constancia que el Escrito de Transacción constituirá parte integrante de la presente homologación, cuya presentación y pago se realizará por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha lunes veintiocho (28) de enero de dos mil ocho (2008). En atención a las consideraciones precedentes, este Tribunal deja constancia que se ordenará el cierre informático y archivo del expediente, una vez conste en autos la cancelación a la parte actora de la cantidad mencionada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.