D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara totalmente CON LUGAR la demanda intentada por ANA LABRADOR contra RUBEN ANTONIO MEJIAS ZURITA, ambas partes identificadas en autos, y como consecuencia de ello, se DECLARA Resuelto el Contrato de autos; Se Condena a la parte Demandada Entregar a la parte Actora, libre de bienes y personas, el inmueble constituido por un (1) Apartamento distinguido con el No.111, piso 11, del Edificio San Marcos, ubicado en la calle San Marcos, calle Urdaneta de la Urbanización Bolívar, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda.-
Se condena en Costas a la parte Demandada, en atención a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, ASI SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFIC.....