Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la tacha de testigo Yajaira Cadiz propuesta por la parte demandante. Segundo: Con lugar la falta de cualidad opuesta por la codemandada Nestlé de Venezuela, S.A y por ende sin lugar la demanda incoada en su contra por el ciudadano Jhonny Alberto Quintana Silva. Tercero: Con lugar la falta de cualidad opuesta por las codemandadas Inversiones 2020, C.A., Logística Berna, C.A. y Contalfa, C.A., y en consecuencia, sin lugar la demanda incoada en su contra por el ciudadano Jhonny Alberto Quintana Silva. Cuarto: Sin lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Jhonny Alberto Quintana Silva contra Inversiones 101103, C.A. (Traylog Logística Integral, C.A.). Cuarto: Se condena en costas a la parte actora, .....