este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente Transacción señalado supra, quedando consumado el acto como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, se da por terminado el proceso ordenando el cierre informático y el archivo definitivo de la causa.- Asimismo se deja constancia a los fines estadísticos que el monto oferido fue por la cantidad de CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA Y OCHO ( Bs.106.828,58) y las partes llegaron a un acuerdo transaccional, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación. ASI SE ESTABLECE.-
La Juez
El Secretario
Abg. Leticia Morales Velásquez
Abg. Héctor Rodríguez