En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Procedente en Derecho la pretensión contenida en la demanda ejercida por la ciudadana Jennyfer Beatriz Liza Álvarez, contra los ciudadanos Igor Alberto Donis González y Carolina del Valle Rodríguez Tovar, por resolución de Contrato. Por lo tanto, se declara resuelto el contrato de opción de compra-venta que sirve de titulo a la demanda, autenticado ante la Notaría Pública Cuadragésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 23 de marzo de 2009, bajo el Nº 24, tomo 37 de los libros respectivos.