Por estos razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 16 de diciembre de 2011 (f.193), por la abogado María Teresa Pinto O., en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CALZADO ARADAM, C.A., contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial en fecha 12 de enero de 2010 (f.171 al 179), mediante la cual se declaró Parcialmente Con Lugar la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento incoada por la sociedad mercantil BERLIOZ DAIRON, S.A. en contra de la apelante.
SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión recurrida solo respecto de la declaratoria falta de pago por parte del inquilino del IVA, y la condenatoria a su pago de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la mensualidad pactada .....