III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción celebrada entre el abogado en ejercicio OLIVER ALEXANDER ARAQUE MARQUEZ, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL, y la ciudadana JANETT CATHERINE GONZALEZ ARCAYA, ya identificada, asistida por la abogada ELIZABETH HAYDEE MATA JULIAN, todos plenamente identificados, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO: Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por este Ju.....