En consecuencia, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano GILBERTO MANUEL ZAMORA ABREU contra la sociedad mercantil "COLECTIVO SOLVEN, C.A.". Así se decide.
Publíquese, regístrese, y déjese copia de la presente decisión.
La Juez,
El Secretario,
María Mercedes Millán
Manuel López
En esta misma fecha se publicó la presente decisión.-
El Secretario,
Manuel López