este Tribunal ADMITIO la demanda, cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena emplazar a los ciudadanos JOSE ALFREDO PATIÑO PATIÑO y ALEXANDER RAMON FIGUEROA AVILA por el juicio que sigue La Institución Bancaria MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL en su contra.-