Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación examinada, interpuesta por el Defensor Judicial de la parte demandada abogado CARLOS ANDRES AGAR VILLASMIL.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada en fecha 17-06-2015, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: CON LUGAR la presente demanda por Prescripción Adquisitiva incoada por RAFAEL VASQUEZ PEREZ Y MARTA RAMOS DE VASQUEZ contra CARLOS VICENTE TORRES SEVILLA (fallecido). En consecuencia, téngase la presente decisión como Título Suficiente de Propiedad a favor de los ciudadanos RAFAEL VASQUEZ PEREZ Y MARTA RAMOS DE VASQUEZ, sobre el inmu.....