Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda interpuesta por la sociedad mercantil CONDOMINIOS CHACAO, C.A., contra la ciudadana CARMEN TINEDO de TERÁN, quienes aparecen ampliamente identificados en el cuerpo de la presente decisión.