En tal sentido, a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la presente demanda, se hacen las siguientes consideraciones:
Se intenta la presente demanda, en virtud, de que según lo alegado por la parte actora, el ciudadano RUBEN BERBERIAN TURIAN, parte contratante en el documento de transacción judicial de fecha 09 de Febrero de 2001, celebrada por ante la Notaría Pública Trigésima Sexta del Municipio Libertador, anotado bajo el Nº 46, tomo 7, de los Libros de Autenticaciones, y parte demandada en el juicio que por tacha de falsedad de documento público cursa ante el Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, expediente signado bajo el Nº 10.953, se ha negado a ratificar el desistimiento de la acción y del procedimiento, por ante dicho Juzgado, por lo que es evidente, que se pretende que mediante un pronunciamiento de un Juez de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana .....